Introducción.
Según fuentes de datos oficiales, el motivo más común de llamada a los servicios de emergencias es sanitario.
Si se consultan datos sobre siniestrabilidad laboral, se comprueba que la incidencia de casos es alarmantemente mayor en el sector de la minería, seguido de la construcción y la industria.
Según datos aportados en el IV Simposium sobre seguridad y salud laboral celebrado en Valladolid en mayo, los accidentes en la construcción están muy ligados a:
Ø Elevada subcontratación, lo que provoca una especialización en la tarea; sin embargo, ¿cómo es el contacto o la relación entre esas empresas?.
Ø Trabajo muy continuado y a gran ritmo.
Ø Contratación temporal del personal más expuesto.
Ø Falta de formación preventiva.
Desarrollo.
Al hablar de legislación, se observa que inicialmente la base legal que existía era muy específica de cada ámbito, ello es así que se diferenciaba entre sector de espectáculos públicos, sanitarios, escolar…; incluso, los ayuntamientos podían crear la suya propia.
Sin embargo, en los años 90 aparece una ley: 31/1995 de prevención de riesgos laborales; si nos fijamos en su artículo 20, destaca que el empresario se tiene que encargar de analizar posibles situaciones de emergencia y designar a personal encargado de poner en práctica las medidas necesarias.
Además, la orden de 29 de noviembre de 1984, aprueba la “Guia para el Desarrollo del Plan de Emergencia” contra incendios y evacuación de locales y edificios.
Para llevarlo a cabo, se requiere el siguiente esquema de recursos humanos:
Ø Jefe de emergencia: es el máximo responsable; se localizará en el centro de control.
Ø Jefe de intervención: Contacta desde el lugar de la emergencia.
Ø Equipo de 1ª intervención: Atiende los incendios de su zona.
Ø Equipo de 2ª intervención: Apoya al primero; puede requerir evacuación parcial del centro.
Ø Equipo de evacuación: Evacua y designa punto de reunión.
Ø Equipo de primeros auxilios: Estabilización de paciente grave.
Bibliografía.
Ø www.ine.es .
Ø www.cyl112.com .
Ø www.prevencioncastillayleon.com.
Ø www.redpyme.net .
lunes, 2 de junio de 2008
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